REGLAMENTO PROMOCIÓN “Sorteo Kits de Osa”

Reglamento oficial Promoción “(SABA SPOTIFY)”

La promoción Saba Sensitive “(SABA SPOTIFY)” se regirá bajo las siguientes reglas y condiciones. Por el solo hecho de participar en la promoción, los participantes aceptan todas las reglas de este Reglamento en forma incondicional, incluyendo aquellas cláusulas que limitan la responsabilidad del Patrocinador. Asimismo, aceptan someterse a las decisiones del Patrocinador en cualquier asunto relacionado con la promoción.
 
PRIMERO: OBJETO. El objeto de este Reglamento es establecer las regulaciones del concurso denominado Saba Spotify “(SABA SPOTIFY)”   según los términos y las condiciones establecidas en el presente Reglamento.
 
SEGUNDO: DEFINICIONES. Para los efectos del presente Reglamento se entenderá por:
 
 
Ganador del sorteo: Persona mayor de edad que participa dentro de la Promoción, cumple con las disposiciones contenidas en el presente Reglamento y se le confirma tal condición por parte del Patrocinador. En total serán DIEZ (10) personas favorecidas por medio de dos sorteos o publicaciones, quienes no podrán ser favorecidas en más de una ocasión. 
 
Marca Impulsada: Saba. 
 
Participante: Persona mayor de edad al momento de participar en la Promoción. Los participantes en caso de ser seleccionados como Ganadores dentro de la Promoción deberán demostrar su edad y respectivos atestados con documento de identificación oficial vigente al día del sorteo. El Patrocinador se reserva el derecho de descalificar a cualquier participante que no demuestre con toda certeza que cumple las condiciones establecidas en este Reglamento, sin que por este acto sea susceptible a cualquier denuncia por responsabilidad.
 
Patrocinador: Essity Centroamerica, S.A., una sociedad costarricense con domicilio en San José, Escazú, oficentro Plaza Roble, edificio Los Balcones, tercer piso. Esta entidad será la única responsable sobre la promoción y su desarrollo.
 
Premios: Se rifarán un total de diez (10) suscripciones trimestrales del plan Premium de Spotify, por medio de un código de tres meses cada uno, en el cual el cliente debe de activar, ingresando a la página de SPOTIFY, siguiendo los pasos que detallaremos 
Paso 1:  descargar el PDF, enviado por SABA
Paso 2:  ingresar a su perfil de Spotify
Paso 3: Elegir el plan que se desea adquirir ( en esta oportunidad es el plan premium por 3 meses).
Paso 4:  Antes de realizar el pago por medio del código enviado, deberá cambiar de país y colocar MEXICO
Paso 5:  Ingresar el código enviado 
Paso 6: Listo puede disfrutar de su servicio por 3 meses
El premio es indivisible, intransferible y no negociable. Para ser acreedor de un premio, los participantes deberán cumplir con todos los requisitos establecidos en el presente Reglamento.
 
Reglamento: Se refiere a este documento y sus modificaciones.
 
Spotify: Aplicación multiplataforma sueco-estadounidense, empleada para la reproducción de música vía streaming.
 
Territorio: Esta promoción será válida únicamente en Costa Rica, Guatemala y Panamá.
 
 
TERCERO: ELEGIBILIDAD PARA PARTICIPAR. Todo reclamo o recepción de algún premio o beneficio implicará necesariamente el conocimiento y la aceptación de todas las disposiciones de este Reglamento y sus modificaciones. 
 
Para todos los efectos legales, el Patrocinador entenderá que la manifestación de voluntad de la aceptación de ese conocimiento se verificará por el sólo hecho de reclamar el respectivo premio o beneficio en cuyo caso el Patrocinador podrá exigir al interesado antes de entregar el premio, que mediante documento escrito deje constancia expresa de dicha aceptación y a su vez se adhiera por completo a las cláusulas de este Reglamento. Si la persona no demuestra su voluntad de aceptar estas condiciones, el Patrocinador no asumirán ningún tipo de responsabilidad, exonerándose de la obligación de permitir la participación y la entrega de un premio o beneficio.
  
No podrán participar las siguientes personas: a) Empleados, ejecutivos y funcionarios de la empresa patrocinadora; b) Empleados, ejecutivos y funcionarios de las agencias de publicidad y demás proveedores involucrados en esta promoción; c) Funcionarios de cualquiera de las empresas copatrocinadoras de esta promoción que en razón de su cargo puedan de alguna forma influir en el desarrollo de la promoción o la asignación de los premios y d) Los parientes hasta segundo grado por consanguinidad o afinidad de todos los anteriores.
 
CUARTO: PLAZOS. Esta promoción se regirá por los siguientes plazos, que son de carácter perentorio:
 
Plazo para participar: El plazo de participación es por tiempo limitado, siendo que el primer sorteo inicia el día 30 de abril del año 2021 y finaliza el 8 de mayo del año 2021, ambas fechas inclusive. Y el segundo sorteo va del 10 de mayo del año 2021 al 15 de mayo del año 2021.
 
Publicación del Reglamento y Promoción: Esta Promoción y su respectivo Reglamento será divulgado y comunicado por medio del sitio web oficial SABA CENTROAMERICA
 
Comunicación de resultados: Los ganadores serán anunciados en la pagina de SABA CENTROAMERICA. 
 
Celebración de sorteos: La selección de ganadores se realizará a través un sorteo aleatorios. En cada sorteo, se seleccionarán cinco (5) ganadores y, adicionalmente, se seleccionarán un total de cinco (5) suplentes. Los sorteos se realizarán a través de una tómbola electrónica el día 8 de mayo el primero y el 15 de mayo el segundo. El Patrocinador, podrá, de manera unilateral, modificar las fechas de celebración de dichos sorteos por motivos de conveniencia o cualquier otra situación que acontezca. 
 
Fecha límite para reclamar el premio: Los ganadores podrán presentar los requisitos y reclamar el premio una semana después de anunciado como ganador. Posterior a dicho plazo, caducará cualquier derecho para la persona ganadora o a quien se le hayan cedidos tales derechos.
 
Los participantes comprenden y aceptan que los nombres de los ganadores serán publicados en las redes sociales anteriormente mencionadas, por lo cual quedará bajo responsabilidad de los participantes tomar las previsiones necesarias para verificar el comunicado de la selección de los ganadores y reclamar el premio dentro del plazo oportuno. 
 
QUINTO: SOBRE LA MECÁNICA
 
“El participante deberá seguir los pasos de la publicación. Publicación 1: solo tenés que escuchar nuestro nuevo podcast de #AlgoQueDecir y contarnos ¿qué te pareció?
Publicación 2: solo tenés que escuchar nuestros nuevos dos podcast de #AlgoQueDecir y contarnos ¿qué te parecieron los temas? 
 
SEXTO: SELECCIÓN DE LOS GANADORES.  En cada sorteo se procederá a seleccionar un total de diez (5) ganadores y el mismo número de suplentes. Estos serán aquellas personas que reemplazarán a los ganadores en caso de que estos no cumplan las condiciones y/o requisitos establecidos en el presente Reglamento, declinen o rechacen el premio obtenido, no atiendan el llamado del Patrocinador en el plazo contemplado en la siguiente cláusula o si la entrega del premio no se puede realizar debido a que el ganador brindó una dirección incompleta de entrega. En los casos detallados anteriormente, se entiende que, una vez nombrado al Suplente, la persona ganadora perderá su condición y no podrá reclamar ningún premio. 
 
SÉTIMO: SOBRE LA NOTIFICACIÓN A LOS GANADORES Y ENTREGA DE PREMIOS. Las personas que resultaron ganadoras serán anunciadas en las redes sociales de SABA y deberán ponerse en contacto por medio de mensaje privado. 
 
OCTAVO: DISFRUTE DE PREMIOS.  Los ganadores del premio serán responsables del uso y disfrute que le dé al mismo y, por consiguiente, una vez realizada la entrega del premio por medio de correo electrónico del ganador, liberan de responsabilidad al Patrocinador, copatrocinadores, empresas afiliadas, y demás involucrados en esta promoción, así como a sus ejecutivos, empleados, representante o agentes por cualquier daño que surja indirectamente como consecuencia de su participación en la promoción, o que resulte en forma directa o indirecta de su aceptación, retiro o posesión del premio, o bien del hecho que su identidad se haga pública por el hecho de haber participado y/o ganado en la Promoción.
 
Sin perjuicio de lo anterior, expresamente se libera la responsabilidad al Patrocinador por:
 
Intervenciones humanas no autorizadas por parte de terceros a los sistemas de cómputo o similares que alteren el desarrollo de la promoción;
Daños sufridos a la integridad o bienes los ganadores o de terceros que se ocasionen en virtud de esta promoción o durante el disfrute del premio.
Eventual suspensión del evento.
 
NOVENO: SUSPENSIÓN DE LA PROMOCIÓN. El Patrocinador se reserva el derecho de suspender la promoción temporal o definitivamente, de manera unilateral. 
 
La alteración de documentos e información sobre los ganadores, así como el engaño, fraude o falsificación, manipulación no autorizada que obstaculicen el normal desempeño de la promoción y las acciones que a juicio del Patrocinador sean ilegales y puedan ocasionar perjuicio a la promoción o la empresa podrán ser perseguidas por los medios previstos en la Ley.
 
DÉCIMO: RELACIÓN ENTRE LAS PARTES. Ninguna disposición de la presente Promoción se deberá interpretar como creadora de una relación entre las partes diferente a la que nace del tráfico normal en el comercio. Ningún participante o ganador de la promoción, por el hecho de serlo, adquiere la condición de empleado, representante o agente de la compañía Patrocinadora o de los copatrocinadores. Con el incumplimiento de las obligaciones establecidas en este Reglamento finalizará la relación entre las partes en su totalidad.
 
DÉCIMO PRIMERA: IDENTIDAD DE LOS GANADORES. Al finalizar la promoción, los nombres, números de cédula o datos de identidad los ganadores estarán disponibles para ser consultados por cualquier interesado.
 
DÉCIMO SEGUNDA: DATOS PERSONALES. Los participantes, otorgan de forma libre, específica, informada y expresa su consentimiento para la recopilación de sus datos personales de carácter no sensible, y  autorizan el acceso a dicha información por parte del organizador y su inclusión en una base de datos, si a bien lo tuviese el organizador, autorizando además el uso de dicha base de datos para enviar información comercial de la empresa organizadora o de terceros, así como cualquier fin comercial de las entidades de la empresa que no esté prohibido de conformidad con el principio de calidad de la información y adecuación al fin. De igual forma, los participantes tendrán derecho a solicitar la rectificación de sus datos o eliminación de la base de datos que el organizador o terceros hayan recopilado y procesado. 
 
Los datos personales que sean proporcionados al Organizador, sus subsidiarias y/o afiliadas para el fin de la Promoción, serán utilizados únicamente con el propósito de identificación del Participante y la eventual entrega del Premio a los ganadores. En caso de que el Organizador transfiera los datos personales a un tercero que requiera conocer los mismos, este requerirá al tercero el cumplimiento de la confidencialidad y protección conforme a la legislación vigente y aplicable a la materia. 
 
El titular de los datos personales podrá ejercer contra el Organizador todos los derechos de acceso, rectificación, cancelación u oposición de estos. La solicitud por medio de la cual se pretenda ejercer los derechos mencionados anteriormente deberá ser remitida al encargado de tratamiento de datos personales de la Promoción al correo electrónico (essity.cam@hi-marketing.com). 
 
DÉCIMO TERCERA: RESPONSABILIDADES, CONDICIONES Y RESTRICCIONES:
 
En la publicidad de la presente promoción se ha consignado la frase“(SABA SPOTIFY)” en señal de que la participación de los interesados, así como la promoción y los premios están sujetos a las condiciones y limitaciones indicados en este Reglamento. Estas condiciones y restricciones son las que se indican en este Reglamento. Los interesados en participar de esta promoción tienen la obligación de leer, entender y consultar al Patrocinador en caso de dudas sobre el presente Reglamento. No obstante, cualquier asunto relacionado con la promoción que no esté previsto en este Reglamento, será resuelto por el Patrocinador con estricto apego a las leyes aplicables.
El Patrocinador se reserva el derecho de modificar este Reglamento en cualquier momento por razones de conveniencia, oportunidad, caso fortuito, fuerza mayor o para introducir todas aquellas modificaciones necesarias para la buena marcha de la promoción. 
La selección los ganadores se realizará según las condiciones establecidas en el presente Reglamento y en forma supletoria y complementaria se aplicará la legislación nacional, la jurisprudencia judicial y administrativa, así como las resoluciones de la Comisión Nacional del Consumidor, en cuanto sean aplicables.
El Patrocinador se reserva el derecho de determinar de acuerdo con los intereses de la actividad y de los derechos de los consumidores, los casos en que se incumpla con los artículos anteriores y de suceder algunas de estas circunstancias, del hecho se dejará constancia en el Acta Notarial que el día del sorteo se levante o si el hecho ocurre o se conoce posteriormente, en acta independiente.
Las pruebas que sustenten actos como los descritos en los incisos anteriores, serán las que de acuerdo con los principios y leyes judiciales, sean las más comunes y/o permitidas por los Tribunales de Justicia.
Los ganadores deberán confirmar mediante el correo electrónico al cual se le envio el premio, en el cual manifiestan haber recibir el premio indicado en el presente Reglamento, y una liberación de responsabilidad al Patrocinador por cualquier responsabilidad en el uso y disfrute del premio.
La responsabilidad del Patrocinador finaliza con la entrega de los premios.
El Patrocinador no se hará cargo de algún gasto incurrido por el favorecido para participar, retirar o canjear el premio, ni por la cantidad de descargar que implique el uso de la aplicación Spotify. 
Si se demuestra que una persona recibió un premio por medio de engaño, el Patrocinador podrá reclamar el premio entregado en cualquier momento y se reserva el derecho de tomar las acciones legales del caso.
Si el favorecido no acepta el premio o sus condiciones, este premio se considera renunciado y extinguido en relación al favorecido y no le asistirá derecho a reclamo o indemnización alguna, ni siquiera parcialmente. De esta circunstancia se levantará un acta. Si los favorecidos, no reclaman la totalidad de los premios, no será obligación de Essity Centroamérica de realizar nuevos sorteos.

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